MIS
DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ DEL SENA
ADRIANA
HAIDY RUIZ CARRILLO
SERVICIO
NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA
NEGOCIACIÓN
INTERNACIONAL VIRTUAL Y A DISTANCIA
2016
MIS
DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ
DESCRIPCIÓN CASO 1:
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el
SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de
formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar
el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento
que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe
de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredite
como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades
se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los
carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los
derechos, proporcione una respuesta argumentada a los siguientes
cuestionamientos:
RESPUESTAS CASO 1
·
¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en
qué capítulo del Reglamento se basaría?
Federico
usted tiene derecho a un carné, ya que al hacerse legal su matrícula, la institución
le debe proporcionar un documento que lo acredite como estudiante y aprendiz de ésta, según el Reglamento de Aprendices: (ARTÍCULO 7. Punto 4. Recibir
en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como
Aprendiz del SENA).
·
En relación con la líder de bienestar, ¿qué
opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue
acertada o equivocada? Expliqué por qué
La
respuesta de ella es errada, ya que en el
Reglamento de Aprendices: (ARTÍCULO 7. Punto 4.) Dice
claramente que se tiene derecho a un carné que lo acredite como aprendiz, sin
que en dicho reglamento se distinga de aprendices presenciales o a distancia. Y
por qué seria indispensable para poder
hacer una visita a una empresa ya que es este documento el que lo va a garantizar
como aprendiz del SENA.
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde
el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y
cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus
tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación
correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo
largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este
le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás
está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le
ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse
para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de
evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad
del SENA.
De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial
para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
RESPUESTAS CASO 2
- ¿En qué capítulo, artículo e ítems del
Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha
solicitud de manera respetuosa y formal?
Nicolás
se debe amparar en el artículo 7 del Reglamento de Aprendices:
Punto 8.
Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los
directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que
se puedan presentar en su proceso de formación.
Punto 11. Ser
evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la
ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles
siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes
novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción,
suspensión o cancelación del registro de matrícula.
Punto 12.
Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones
correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el
procedimiento establecido en este Reglamento.
DESCRIPCIÓN CASO 3
El
instructor les ha manifestado a tres aprendices del programa de formación
Tecnología en Contabilidad y Finanzas que deben traer la cédula de ciudadanía,
porque cuando ingresaron a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad
y ya hace un año cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este
documento ya no es válido.
Adicionalmente,
a pesar de que tienen un plan de mejoramiento, no han cumplido con este y uno
de ellos no quiere participar en salidas técnicas.
Además
el Tutor encontró que personas ajenas al curso están ingresando a la plataforma
virtual con el usuario y la contraseña de uno de ellos. El instructor le
solicita al representante de los aprendices que les ayude a identificar en qué
parte del reglamento se está fallando.
De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los deberes,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
RESPUESTAS CASO 3
1. ¿En
qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los
aprendices identifiquen sus faltas?
El representante se debe apoyar en el siguiente capitulo
y sus respectivos artículos, en orden según las preguntas planteadas:
Capítulo
2: Articulo 9, Punto 3. Verificar en el sistema que
sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de
acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
Capítulo
2: Articulo 9, Punto 4. Participar en las
actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa
de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.
Capítulo
2: Articulo 9, PARÁGRAFO 1. Punto C. Ingresar a la plataforma
virtual, debidamente identificado con el respectivo código de acceso, personal
e intransferible. El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la
Entidad, para el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo,
por lo tanto no debe transferirse a otras personas. El mal uso de esta
información es de su competencia directa y asumirá por ello las
responsabilidades correspondientes.
2. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de
los datos básicos actualizados?
Verificar
en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o
actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
3. ¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita
técnica?
Si, de
acuerdo con el Reglamento de Aprendices Capítulo
2: Articulo 9 punto 9: Asumir con responsabilidad su participación en las
actividades programadas como salidas, pasantías técnicas, intercambios de aprendices
a nivel nacional e internacional, así como en las demás de carácter lúdico –
pedagógico.
DESCRIPCIÓN CASO 4
El
comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones
que se han presentado con algunos aprendices.
Al
finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los
aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado
con la información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se
aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las
medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria.
Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen
desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consiste las
faltas académicas y disciplinarias.
De acuerdo
con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:
RESPUESTAS CASO 4
1. ¿Cuáles
son las medidas formativas y en qué consisten?
Las medidas formativas son
aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que
contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los
deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su
ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el
comportamiento disciplinario del Aprendiz.
Son medidas formativas:
1. Llamado de atención verbal:
Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea
necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes,
derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá recibir un llamado de atención
verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico, el(los)
responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro. Este llamado de
atención verbal no constituye una sanción.
2. Plan de Mejoramiento académico: Es
una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de
estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del aprendiz, el Plan de
Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el
Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la
ejecución del programa de formación para garantizar el logro de los resultados
de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del término de un (1) mes
contado a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz. Cuando se le ha
realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; el
Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz. El plan de mejoramiento
deberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los
objetivos del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de
aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe
presentar el aprendiz para evaluar su logro. Será responsabilidad del equipo de
instructores o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en
el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de
mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje
definidos en este plan.
3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es
una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental,
actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta,
cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de
atención escrito o condicionamiento de matrícula; este plan debe ser firmado
por el Aprendiz y deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de
cambio en el comportamiento que se esperan en un período máximo de un (1) mes
contado a partir de la concertación respectiva. Será responsabilidad del
Instructor o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en el
acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento,
evaluar el avance y el logro de los resultados comportamentales definidos en
este plan.
2.
¿Cuáles son las sanciones que pueden
imponerse a los aprendices por faltas acadé- micas o disciplinarias?
La
sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la
falta.
Las
sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
1. Llamado de atención escrito:
Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida
por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a
la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este
Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz.
Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del
aprendiz en el proceso de formación.
b. Condicionamiento de la matrícula:
Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta
académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en
este Reglamento.
3.
Mencione por lo menos
dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los
aprendices y qué casos se otorgan.
1. Ser designado como monitor de un tema específico en el
cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y
actividades de formación que requiera su aporte.
2. Cuando termine su
proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser
instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así
lo desea.
3. Reconocimiento a
los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han
destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la
hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora.
Por la representación y participación destacada en
eventos de aprendizaje, tecnológicos, culturales, sociales y deportivos a
nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento, incentivo o
distinción.
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